Carta al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas

Carta al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
Publicado el: 28/05/2021
OPINIÓN | Por Óscar Terán Terán.

De las nuevas autoridades civiles y militares la ciudadanía espera que se comporten a la altura de las circunstancias, apegadas al mandato de la Constitución, que tengan en el honor y en el valor los principios para sus actuaciones. Que nunca más se repitan actos bochornosos como los ocurridos en octubre 2019, que jamás se tome como pretexto la falta de ley para actuar en favor del bien supremo de la República que es la paz.

El título IV de la Constitución Política trata de la organización del Poder y el artículo 141 de las atribuciones del Presidente de la República, en su numeral 16 dice: “Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y designar a los integrantes del alto mando militar y policial. “El Presidente de la República ha designado las nuevas autoridades y las ha designado para el cabal cumplimiento de las atribuciones contempladas en el numeral 17: “Velar por el mantenimiento de la soberanía, de la independencia del Estado, del orden interno y de la seguridad pública, y ejercer la dirección política de la defensa nacional.”

La Sección Tercera de ese mismo capítulo, trata de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. El artículo 158 dice: “Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son instituciones de protección de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos. Las Fuerzas Armadas tienen como misión fundamental la defensa de la soberanía y la integridad territorial. La protección interna y el mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado y responsabilidad de la Policía Nacional. Las servidoras y servidores de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional se formarán bajo los fundamentos de la democracia y de los derechos humanos, y respetarán la dignidad y los derechos de las personas sin discriminación alguna y con apego irrestricto al ordenamiento jurídico.”

La defensa de la Soberanía es la misión fundamental de las Fuerzas Armadas. Según el diccionario soberanía es: “Poder político supremo que corresponde a un Estado independiente.” La Independencia de un Estado puede verse amenazada por acciones externas desde el exterior y por razones externas desde el interior. Esto pasó en el Perú, Ecuador, Chile, está pasando en Colombia. Son las “brisas bolivarianas”. Son alteraciones de la paz interna que llegan desde fuera, anunciadas con cinismo.

Según el Art. 3 de la Constitución, es deber primordial del Estado: “Garantizar y defender la soberanía nacional.” Por tanto, cuando esté alterada la paz, cuando esté en riesgo la soberanía, la actuación de las Fuerzas Armadas es una obligación constitucional, legal y moral.

En el año 41 y en el 81 el Ejército Ecuatoriano fue víctima y tuvo mártires. En el 95, cuando no dio un paso atrás, tuvo héroes y es triunfador. Esa es la responsabilidad que pesa sobre sus hombros señor Comandante General y señores Comandantes de Rama de las Fuerzas Armadas. La ciudadanía tiene plena confianza en Ustedes y Ustedes no la podrán defraudar. Que los hechos no los tomen desprevenidos, actúen desde ahora en prevención de lo que puede venir.

Siendo ciudadano en goce de mis derechos constitucionales, suscribo.

Dios, Patria, Libertad!

Oscar Terán Terán.

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