UNP pide medidas cautelares por veto a Código de la Democracia

La Unión Nacional de Periodistas del Ecuador (UNP) pidió ante un juez que dicte medidas cautelares ante la amenaza inminente y grave de violar los derechos de libertad de pensamiento y de expresión al incluirse, en un texto alternativo al proyecto reformatorio al Código de la Democracia.

Se refiere a una disposición que impide a los periodistas escribir en los medios de comunicación reportajes, especiales o cualquier otra forma de mensaje, bajo el supuesto de incidir a favor o en contra de un determinado candidato.

La UNP mediante un comunicado considera que el veto aplicado al Código de la Democrática en su artículo 21 del proyecto reformatorio constituye una grave afectación al ejercicio periodístico, y existe implícita una censura previa; por lo tanto, pide al juez que dicte las medidas cautelares que permitan proteger el derecho constitucional de quienes hacemos periodismo.

La petición de las medidas cautelares solicitada por la UNP, se sustenta en el artículo 87 de la Constitución en el que puntualmente se establece: “Se podrán ordenar medidas cautelares conjunta o independientemente de las acciones constitucionales de protección de derechos, con el objeto de evitar o hacer cesar la violación o amenaza de violación de un derecho”.

Para evitar la grave amenaza, la UNP pide al juez que disponga que el Presidente de la Asamblea Nacional o el Presidente de la República, en el caso que corresponda, se abstenga de remitir el Registro Oficial, el texto alternativo que presentó el Presidente de la República al artículo 21 del Proyecto reformatorio al Código de la Democracia, si tal texto se convierte en norma legal, ya sea que la Asamblea se allane a ella o porque no obtenga una votación para allanarse a la objeción dentro del plazo que prevé la Constitución y en la Ley, cuyo vencimiento es el 4 de febrero del 2012.

También pide que el Director del Registro Oficial se abstenga de publicar el texto alternativo que presentó el presidente de la República al artículo 21 del proyecto reformatorio al Código de la Democracia, si el texto se convierte en norma legal.

En su escrito, la UNP aclara que no es objeto de esta demanda de medidas cautelares acusar la inconstitucionalidad en que se incurrirá con la inclusión del texto alternativo que Presidente de la República, como objeción parcial, al artículo 21 del Proyecto de Ley reformatorio al artículo 203 del Código de la Democracia.

Lo que se acusa es la amenaza, inminente y grave, a la violación de los derechos constitucionales de libertad de pensamiento y de expresión, del debido proceso, de defensa y de seguridad jurídica, pues tal texto se convertiría en norma legal, ya sea que la Asamblea se allane a ella o porque no obtenga una votación para allanarse a la objeción, ni para ratificarse en el proyecto originalmente aprobado.

La Corte Constitucional ha determinado, expresamente, que no hay medidas cautelares en una acción de inconstitucionalidad. Las medidas cautelares están dirigidas a la protección de derechos y no a la inconstitucionalidad de normas.

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