Eduardo Franco Loor, Augusto Verduga, Yadira Saltos y Nicole Bonifáz, exconsejeros del CPCCS enfrentan cargos por asociación ilícita
Publicado el: 15/03/2025La audiencia de formulación de cargos en contra de los exconsejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) Eduardo Franco Loor, Augusto Verduga y Yadira Saltos, así como de la actual consejera Nicole Bonifaz, inició este sábado 15 de marzo pasadas las 15:00 en la Corte Nacional de Justicia (CNJ), en Quito.
El fiscal subrogante Wilson Toainga imputó a los cuatro ciudadanos por el delito de asociación ilícita, en calidad de autores directos, con base en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
> "Cuando dos o más personas se asocien con el fin de cometer delitos sancionados con pena privativa de libertad de menos de cinco años, cada una de ellas será sancionada, por el solo hecho de la asociación, con pena privativa de libertad de tres a cinco años", establece el COIP en su artículo 370.
La acusación de la Fiscalía surge de una denuncia presentada por Roberto Romero von Buchwald, actual superintendente de Bancos.
El conflicto judicial se origina en una decisión tomada por los exconsejeros y la actual consejera de desconocer el nombramiento de Romero como titular del organismo y, en su lugar, designar a Raúl González como superintendente para el periodo 2022-2027.
Esta decisión fue considerada irregular y ha desembocado en la imputación de los exfuncionarios, quienes ahora enfrentan un proceso judicial que podría derivar en penas de hasta cinco años de prisión.
El proceso se lleva a cabo en la sala de audiencias del octavo piso de la CNJ en Quito, donde el fiscal Toainga presentó los elementos de convicción en contra de los imputados.
Durante la audiencia, las defensas de los exconsejeros y de la actual consejera participaron tanto de forma presencial como telemática.
- Augusto Verduga se conectó desde Colombia, donde actualmente se encuentra.
- Eduardo Franco Loor, quien permanecía en una casa de salud en Guayaquil bajo custodia policial, también participó de forma virtual.
Uno de los momentos más relevantes del caso ha sido la situación de Eduardo Franco Loor, quien:
1. Fue inadmitido en Estados Unidos el 14 de marzo y retornó a Ecuador.
2. Se le impuso una orden de retención, que luego se elevó a detención.
3. Tenía previsto viajar a Colombia, pero no pudo salir del país debido a la orden judicial.
El juez a cargo indicó que la orden de detención fue dictada para garantizar su participación en la audiencia.
El fiscal Wilson Toainga fundamentó su acusación en los siguientes artículos del COIP:
- Artículo 370 (Asociación ilícita): Imputa a los acusados por haberse asociado con el fin de cometer delitos.
- Artículo 278 (Coautoría en delitos de función pública): En concordancia con el artículo 42, numeral 1, literal a, donde se menciona que los responsables directos de una infracción responderán como autores inmediatos.
La Fiscalía sostiene que los acusados actuaron en coordinación para desconocer el nombramiento oficial del superintendente de Bancos, lo que vulneró el marco normativo vigente.
Este proceso judicial tiene repercusiones más allá del ámbito penal, ya que afecta la estabilidad y credibilidad del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), una entidad clave en la designación de altas autoridades del país.
- Posibles sanciones penales: Si se prueba la asociación ilícita, los acusados podrían recibir penas de tres a cinco años de prisión.
- Crisis de legitimidad en el CPCCS: Este caso pone en duda el proceso de designación de autoridades en Ecuador.
- Impacto en futuras decisiones del organismo: La institucionalidad del CPCCS podría verse debilitada tras este escándalo.
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